Por encima de las pseudo-fronteras

En Euskal Herria existe una cultura transfronteriza muy arraigada. «No amamos las paredes ni los muros» dice la canción. Los mugalaris han recorrido las fronteras durante siglos, hasta crear una economía territorial propia, y de paso demostrar que un pueblo está vivo. Las personas que viven cerca de la frontera la cruzan a diario para trabajar o estar con amigos y familiares. Incluso cuando las fronteras han estado cerradas han imaginado y desarrollado estrategias para superar los obstáculos y poder convivir así en Euskal Herria, abriendo las puertas a la normalidad y la naturalidad. Cuántas fronteras y obstáculos han tenido que superar también las personas de la Diáspora para seguir siendo comunidad y mantener la relación con Euskal Herria. Aun y todo, las limitaciones y obstáculos que hemos vivido y sufrido como pueblo no han sido hasta ahora un impedimento suficiente para que nuestro pueblo siga siendo un pueblo, para que éste sobreviva. Por el contrario, muchas veces los límites son la chispa para idear estrategias innovadoras, para profundizar en nuestra cultura y en nuestras relaciones. El joven investigador Gorka Freaters ha ideado el concepto de «mugalaritza contemporánea» en un trabajo que analiza las dinámicas en torno a las fronteras cercanas. Pues bien, en cuanto al ejercicio del derecho a decidir, también nos corresponde hacer mugalaritza. En otras palabras, el derecho a decidir se está convirtiendo en una dinámica constructiva de creación de herramientas nuevas y universales para encauzar legalmente las cuestiones soberanistas del siglo XXI. Estamos recorriendo el camino de hacer normal lo normal, por encima de todos los límites y obstáculos, el trabajo de mugalari para que se legalice el derecho a decidir.

En otras palabras, el derecho a decidir se está convirtiendo en una dinámica constructiva de creación de herramientas nuevas y universales para encauzar legalmente las cuestiones soberanistas del siglo XXI

El establecimiento de un marco común de garantías para el desarrollo democrático de los procesos de decisión ofrecería a todas las partes en Europa la certeza jurídica de cómo deben utilizarse los valores fundamentales europeos en este tipo de procesos y cuáles son las obligaciones de las partes si se quiere que la Unión Europea reconozca el resultado del proceso de decisión sobre el estatus político y lo encauce legalmente, respetando así los derechos de la ciudadanía y garantizando la estabilidad de la Unión.

Así, a través del marco común europeo de garantías, todas las partes verían garantizados sus derechos y la protección de los bienes jurídicos en juego. La norma de claridad que regulará el proceso entre el Estado y el pueblo que quiera decidir debería cumplir todas esas garantías. Junto a ello, la negativa del Estado miembro a acordar la norma de claridad no se consideraría compatible con el derecho europeo, siempre que esté acreditada la legitimidad de la proclamación.

El marco común europeo de garantía tiene por objeto regular las condiciones de legitimidad a alcanzar en cada una de las fases del proceso. En este sentido, se exigirá a la comunidad subestatal que tenga intención de permanecer en la Unión que avance en la cadena de legitimidad. En definitiva, tres son los niveles de legitimidad a alcanzar:

a) Legitimidad de la declaración de soberanía

b) Legitimidad del acuerdo

c) Licitud del resultado

A continuación, expondré en qué consiste cada grado de legitimidad:

  • Condiciones de legitimidad impuestas a la declaración de soberanía

Entre estas condiciones se encuentra el respaldo obtenido por la reivindicación en un amplio sector de la población, y se establecen una serie de criterios y vías para medirlo. En cualquier caso, se advierte de que el nivel de respaldo inicial no debe coincidir necesariamente con el apoyo que se va a exigir para tomar la decisión final, que en principio puede ser menor.

  • Condiciones de la licitud de la decisión

Una vez obtenida la legitimidad suficiente para iniciar el proceso, el marco común europeo de garantías establece una serie de condiciones para su desarrollo. A través de estas condiciones, el procedimiento establecido debe garantizar una deliberación de calidad entre la ciudadanía para que la decisión sea libre y debidamente informada.

El proceso deberá garantizar que sean las personas ciudadanas del pueblo que está decidiendo los que tomen la decisión final sobre el estatus soberano. En ese proceso de decisiones, las formas de expresar la voluntad democrática deben conjugarse y coordinarse para que cualquier decisión que se adopte tenga la legitimidad suficiente y evitar decisiones inesperadas y plebiscitarias, como la que ya aprovechó Hitler antes de la Segunda Guerra Mundial.

Los mecanismos de democracia directa pueden ser variados, pero, sean cuales sean, la igualdad de los partidos deberá estar garantizada durante todo el proceso, empezando por la propia campaña y hasta la decisión final. Para ello se citan como directrices las recomendaciones de la Comisión de Venecia y de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre el tema de los referendos.

Asimismo, se prevé la necesidad de garantizar la reversibilidad de cualquier decisión y la repetibilidad del litigio.

  • Condiciones y garantías de legalidad para la ejecución del resultado

Por último, la propuesta de norma europea establece garantías para asegurar que el resultado del proceso que cumpla los requisitos de legitimidad sea aplicable, respetado por el Estado miembro y considerado por las instituciones europeas con sus correspondientes efectos.

Para ello, se solicita a las partes implicadas que colaboren y actúen de buena fe durante todo el proceso, así como durante el tiempo necesario para la aplicación del resultado. No obstante, también se prevén las consecuencias del incumplimiento de estas obligaciones. De este modo, si el Estado miembro no actúa de buena fe o incumple lo establecido por el marco común europeo de garantías, las instituciones europeas podrán intervenir de acuerdo con la propuesta europea de norma. En caso de que se produzca la situación anterior, las instituciones de la UE podrán tomar nota de las declaraciones unilaterales de independencia una vez comprobada su legitimidad democrática. Si el que no cumple los requisitos de la propuesta europea de norma es un pueblo que hace ejercicio de decisión, entonces las instituciones europeas no están obligadas a tener en cuenta el resultado del proceso.

Como se puede observar, la propuesta europea de normas de garantía permite encauzar democráticamente los procesos de decisión y, aun siendo procesos complejos, permite encauzar los conflictos de forma pacífica y basada en la voluntad ciudadana. Hagámoslo posible.

Imágenes: Pixabay, Gure Esku

Mario Zubiaga

Profesor en EHU-UPV

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